Alcoholemias

Solo atendemos alcoholemias que se tramitan en los Juzgados. No recurrimos multas impuestas por fuerzas de seguridad (Guardia Civil, Policía Local etc…)

Siempre ofrecemos unos honorarios cerrados que si lo desea se pueden formalizar en un contrato.

Debe tener en cuenta que si es condenado por un delito contra la seguridad vial:

  • Se le privará del carné de conducir por un tiempo mínimo de un año (salvo reducción de un tercio de la pena correspondiente por conformidad con la acusación del Fiscal en juicio rápido)
  • Se le impondrá una de estas alternativas:
    • Una pena de prisión (que no se cumple salvo excepciones)
    • Unos Trabajos en Beneficio de la Comunidad
    • Una multa económica importante que podrá pagar normalmente a plazos

Es importante estar bien asesorado para asegurarse de si ir a juicio ante el Juzgado de lo Penal es la mejor alternativa porque en ocasiones puede suponer un aumento de las penas que se impongan.

En algunos supuestos- en el que la declaración de inocencia aparezca como poco probable- puede ser preferible pactar con el Ministerio Fiscal una pena mínima y con las reducciones de un tercio que se prevén en las leyes actuales. Una pena de multa mínima y reducida por nuestra intervención le puede suponer un ahorro importante de dinero y de tiempo de privación del carnet de conducir.

Este despacho de abogados le asesorará sobre que decisión tomar basándose fundamentalmente:

  • Los resultados de las pruebas de verificación del alcohol ingerido (etilómetros)
  • Los síntomas externos que reflejen en el atestado las fuerzas de seguridad sobre la persona sometida al control de alcoholemia. ( ojos, aliento, deambulación, comportamiento, expresión, etc..)

Si quiere que nuestro trabajo sea efectivo llámenos para intervenir en las primeras diligencias judiciales, de otra forma tal vez sea demasiado tarde y nuestra intervención no sea tan efectiva.

FORMA DE PAGO:

En los Juicios rápidos/diligencias urgentes el precio se desembolsa en su totalidad 250,00 € con anterioridad a la actuación.

En el resto de procedimientos el cliente desembolsa con anterioridad a la actuación 200 € y el resto puede abonarse de forma aplazada, pero siempre antes del juicio que ponga fin al procedimiento.

Si lo desea se puede firmar un contrato de prestación de servicios u hoja de encargo profesional en la que se establezca la forma concreta de pago aplazado de los honorarios.

Falta
350 €
  • IVA no incluido.
Delito
600 €
  • IVA no incluido..